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Orden de Documentos para el Contrato Docente 2025
El contrato docente es una oportunidad para miles de docentes que aspiran a una plaza de contrato; y estando próximo al inicio de este proceso compartimos el orden de documentos en la cual deben de armar su expediente.

Contrato Docente 2025
El contrato docente, es un proceso que garantiza el servicio educativo y asegura que los estudiantes cuenten con sus profesores desde el primer día de clases. Para el presente año 2025, el proceso se realiza en dos etapas: En la primera etapa se realiza la contratación por resultados de la Prueba Nacional (PN), en ella participan los docentes que integran los cuadros de méritos de la Prueba Nacional del 2024; y en la segunda etapa participan la Contratación por evaluación de expedientes, la cual esta dirigido a postulantes que cumplan los requisitos según la plaza a la que postulan.
Es importante que al momento de postular, los docentes presenten los documentos necesarios para poder participar del presente proceso de contrato docente. En esta primera Etapa del Proceso de Contrato Docente por Resultados de la Prueba Nacional, el orden de documentos son los siguientes:
Orden de presentación de documentos para el contrato docente
Presentación de Documentos
Contratación por Resultados de la PN
Formulario dirigido al Director UGEL
Copia simple por ambos lados y legible
– Copia simple Título de profesor más la resolución emitida por la DRE o la entidad de inscripción del título; o,
– Copia simple de Título de licenciado en educación más constancia de inscripción en SUNEDU. La fecha de emisión del título debe ser hasta antes de la fecha de inscripción para la prueba nacional (14/04/24)
ANEXOS 01, 08, 09, 10, 11, 12, Y 19 debidamente llenados, firmados y con su huella dactilar, todos los campos son obligatorios de llenar, caso contrario serán observados. El anexo 19 sólo es obligatorio para los que ya cuentan con otro vínculo laboral. Adicional adjuntar el formato de autorización de notificación electrónica.
Para el área de educación religiosa deben adjuntar la propuesta de la autoridad eclesiástica (ODEC)
En caso de empate en el puntaje (PN), se deberá acreditar de acuerto al Art. 23.3 del D.S. N.° 020-2023-MINEDU