Se confirma aumento salarial para auxiliares de educación – Conoce la nueva escala remunerativa

El Ministerio de Educación, a través de la plataforma digital Reforma Magisterial confirma la nueva escala remunerativa que tendrán los auxiliares de educación desde este mes de marzo de 2025.

Remuneración del Auxiliar de Educación

El auxiliar de educación nombrado y contratado percibe una remuneración mensual de acuerdo a la jornada laboral establecida en 6 horas diarias o 30 horas cronológicas.

Cargo / condiciónModalidadNivelMonto
Auxiliar de educación nombradoEducación básica regular (EBR)Inicial2945
Primaria
Secundaria
Educación básica especial (EBE)Inicial
Primaria
Auxiliar de educación nombradoEducación básica regular (EBR)Inicial
Primaria
Secundaria
Educación básica especial (EBE)Inicial
Primaria

Asignaciones y beneficios temporales

Adicionalmente a su remuneración, el auxiliar de educación puede percibir hasta cuatro asignaciones o bonificaciones temporales por tipo y ubicación de la institución educativa en la que trabaja. Para el otorgamiento de estas asignaciones el Minedu publica anualmente a través de una resolución ministerial los padrones de instituciones educativas públicas, que autoriza el pago de estas asignaciones o bonificaciones.

Tipo de IEMonto S/
Unidocente200
Multigrado140
Bilingüe50
Ubicación de IEMonto S/
Rural 1500
Rural 2100
Rural 370
Frontera100
VRAEM300

Beneficios

  • Asignación por tiempo de servicios (ATS)
    Los auxiliares de educación nombrados perciben una asignación por tiempo de servicio (ATS) al cumplir 25 años de servicios y otra al cumplir 30 años. En ambos casos los docentes perciben dos remuneraciones mensuales.
  • Subsidio por luto y sepelio
    En el caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, padres o hijos, de auxiliar de educación nombrado o contratado percibe 3000 soles por concepto de subsidio por luto y sepelio. En el caso del fallecimiento del auxiliar de educación, la familia directa: cónyuge, hijos, padres o hermanos, también perciben el subsidio.
  • Compensación por tiempo de servicios (CTS)
    El auxiliar de educación nombrado percibe al momento del cese una compensación por tiempo de servicio equivalente al 100% de su remuneración por año de servicios oficiales. En el caso del auxiliar de educación contratado este beneficio se percibe a razón del 100% de la remuneración mensual por año o fracción mayor a seis meses a la fecha de culminación del su contrato.

Fuente: Reforma Magisterial

Comparte en tus redes sociales